Ser delegado de personal y sufrir acoso laboral es una realidad devastadora que muchos representantes sindicales enfrentan a pesar de contar con protección reforzada según el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores. Si estás viviendo esta situación, quiero que sepas que no estás solo. Como abogado especializado en mobbing laboral, he visto cómo el hostigamiento sistemático puede destruir no solo carreras profesionales, sino también la salud física y mental de quienes deberían estar más protegidos por la ley. En este artículo te explicaré qué derechos te amparan como delegado, cómo identificar el acoso y qué pasos concretos puedes dar para defenderte legalmente.
La protección reforzada del delegado de personal frente al acoso laboral
El artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores no es simplemente un texto legal más; representa un escudo protector diseñado específicamente para quienes ejercen funciones de representación. Este artículo establece garantías fundamentales que, en teoría, deberían blindar a los delegados frente a cualquier represalia o conducta hostil.
Entre estas garantías destacan:
- Prioridad de permanencia en la empresa ante situaciones de despido colectivo
- Protección contra sanciones por el ejercicio de sus funciones representativas
- Inmunidad relativa frente a despidos o sanciones basadas en acciones realizadas en el ejercicio de su representación
- Derecho a expresarse libremente en materias concernientes a su representación
Sin embargo, la realidad que veo en mi despacho es muy distinta. Muchos delegados sufren hostigamiento laboral precisamente por ejercer sus funciones, en un intento de neutralizar su labor o forzar su renuncia.
Cómo se manifiesta el mobbing contra representantes sindicales
El acoso laboral dirigido a delegados de personal presenta características particulares que lo diferencian del mobbing común. A menudo, estas conductas buscan deslegitimar su función representativa o aislarlos del resto de trabajadores.
Formas habituales de acoso a delegados
- Sobrecarga deliberada de trabajo para impedir el ejercicio de funciones sindicales
- Negación sistemática del crédito horario para actividades de representación
- Aislamiento físico del resto de compañeros
- Difusión de rumores para desacreditar su labor representativa
- Exclusión de reuniones importantes donde debería participar
- Críticas constantes y desproporcionadas a su trabajo
En mi experiencia defendiendo a víctimas de acoso laboral con protección reforzada, he observado que muchas empresas utilizan vías indirectas para presionar a los delegados, evitando acciones que puedan ser fácilmente identificables como represalias directas.
El marco legal reforzado: más allá del artículo 68 del Estatuto
La protección del delegado de personal frente al acoso no se limita exclusivamente al artículo 68 ET. Existe todo un entramado normativo que refuerza esta protección:
- Artículo 14 de la Constitución Española: garantiza la igualdad y no discriminación
- Artículo 15 CE: protege la integridad física y moral
- Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 14 LPRL): establece el derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud
- Ley Orgánica de Libertad Sindical: refuerza la protección de los representantes
Este marco normativo convierte el acoso a un delegado de personal en una vulneración especialmente grave, ya que no solo atenta contra derechos individuales, sino también contra el derecho colectivo a la representación sindical.
La garantía de indemnidad reforzada
El Tribunal Supremo ha consolidado una doctrina sobre la «garantía de indemnidad reforzada» para los representantes de los trabajadores. La sentencia STS 4383/2018 de 16 de noviembre reconoce expresamente que cualquier actuación empresarial que perjudique al representante por el ejercicio de sus funciones debe considerarse nula de pleno derecho.
Cómo documentar el acoso laboral siendo delegado de personal
Documentar el hostigamiento laboral cuando se cuenta con protección reforzada es fundamental, pero presenta desafíos específicos. Como abogado especializado, siempre recomiendo a mis clientes seguir estos pasos:
- Llevar un diario detallado de incidentes, incluyendo fechas, horas y testigos
- Conservar todas las comunicaciones escritas (emails, mensajes, notas)
- Solicitar por escrito las razones de decisiones que puedan ser discriminatorias
- Informar al comité de empresa o a otros delegados sobre la situación
- Comunicar formalmente a la empresa el posible acoso, preferentemente por escrito
- Acudir al médico si aparecen síntomas físicos o psicológicos
Cuando un delegado llega a mi despacho sufriendo acoso, lo primero que hacemos es analizar si existe un patrón de conductas hostiles relacionadas con su actividad representativa, lo que fortalecería enormemente su posición legal.
Vías legales específicas para delegados víctimas de acoso laboral
Los delegados de personal que sufren acoso laboral cuentan con vías legales específicas que refuerzan su protección:
Procedimiento de tutela de derechos fundamentales
Esta vía judicial ofrece ventajas significativas:
- Tramitación preferente y sumaria
- Inversión de la carga de la prueba (es la empresa quien debe demostrar que no existe acoso)
- Posibilidad de solicitar medidas cautelares inmediatas
- Presencia del Ministerio Fiscal
- Indemnizaciones por daños morales
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia STSJ M 1152/2021 de 17 de febrero, reconoció una indemnización especialmente elevada a un delegado sindical que sufrió acoso precisamente por su condición representativa, considerando esta circunstancia como un agravante.
Denuncia ante la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo puede ser un aliado valioso, ya que:
- Puede realizar visitas sorpresa al centro de trabajo
- Tiene capacidad para entrevistar a testigos en condiciones de confidencialidad
- Puede imponer sanciones económicas a la empresa
- Sus informes tienen presunción de certeza en un posterior procedimiento judicial
Consecuencias jurídicas del acoso a un representante sindical
Cuando se acredita la existencia de acoso laboral a un delegado protegido por el artículo 68 ET, las consecuencias jurídicas son más severas que en casos ordinarios:
- Nulidad radical de cualquier medida represiva
- Indemnizaciones por daños morales generalmente más elevadas
- Posibles recargos en prestaciones de Seguridad Social
- Sanciones administrativas agravadas para la empresa
- Potencial responsabilidad penal para los acosadores (art. 173 CP)
El Tribunal Supremo, en sentencia STS 3326/2020 de 8 de octubre, estableció que el acoso a representantes sindicales no solo vulnera derechos individuales sino también el derecho fundamental a la libertad sindical, lo que justifica una protección reforzada.
Preguntas frecuentes sobre acoso laboral a delegados de personal
¿Puede la empresa reducir mis funciones por ser delegado de personal?
No. La reducción injustificada de funciones a un delegado de personal puede constituir una forma de acoso laboral vulnerando la protección reforzada que otorga el artículo 68 del Estatuto. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (STSJ CAT 5872/2019) reconoció como acoso el vaciamiento progresivo de funciones a un representante sindical, ordenando el cese inmediato de esta conducta y una indemnización por daños morales.
¿Qué plazo tengo para denunciar el acoso siendo delegado?
Para la vía de tutela de derechos fundamentales dispones de un año desde que se produce la conducta acosadora. Sin embargo, cuando el acoso al delegado con protección reforzada es continuado, el plazo comienza a contar desde el último acto de hostigamiento. Para la vía de extinción indemnizada del contrato (art. 50 ET), no hay plazo específico mientras continúe la relación laboral y persista la situación de acoso.
¿Puedo grabar conversaciones como prueba del acoso?
Sí, el Tribunal Supremo ha admitido las grabaciones realizadas por el propio trabajador acosado como prueba válida, siempre que sea participante directo de la conversación. En el caso de delegados de personal víctimas de acoso laboral, estas grabaciones pueden ser especialmente relevantes para demostrar conductas hostiles relacionadas con su función representativa.
Conclusión: la importancia de actuar ante el acoso a delegados
El acoso laboral a delegados de personal representa un ataque particularmente grave, no solo a la dignidad individual del trabajador, sino también al derecho colectivo de representación. A pesar de contar con la protección reforzada del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, muchos representantes sufren hostigamiento precisamente por cumplir con sus funciones.
Si estás viviendo esta situación, no minimices lo que te está ocurriendo ni esperes a que la situación se vuelva insostenible. El marco legal te ofrece herramientas poderosas para defenderte, pero es fundamental actuar con rapidez y asesoramiento especializado. Como abogado que ha defendido a numerosos delegados en situaciones similares, te aseguro que dar el paso de buscar ayuda profesional puede marcar la diferencia entre el deterioro continuado de tu salud y derechos, o la recuperación de un entorno laboral digno.


