Acoso laboral a delegados sindicales protección reforzada del artículo 68 ET

El acoso laboral a delegados sindicales y la protección reforzada del artículo 68 ET es una realidad que muchos representantes de los trabajadores enfrentan en silencio. Si eres delegado sindical y sientes que tu labor está siendo obstaculizada mediante humillaciones, aislamiento o sobrecarga de trabajo, no estás imaginando cosas. El mobbing contra representantes sindicales es una forma particularmente grave de hostigamiento, precisamente porque ataca a quienes tienen la responsabilidad de defender los derechos colectivos. Te explico cómo identificar estas situaciones, qué garantías legales te protegen específicamente y qué pasos concretos puedes dar para defenderte.

¿Qué es el acoso laboral a representantes sindicales?

Como abogado especializado en casos de mobbing, he visto cómo el acoso laboral adquiere características particulares cuando la víctima es un delegado sindical. Este tipo de hostigamiento busca no solo dañar psicológicamente al trabajador, sino también neutralizar su actividad representativa y enviar un mensaje intimidatorio al resto de la plantilla.

El acoso a delegados sindicales suele manifestarse mediante:

  • Asignación de tareas imposibles o degradantes
  • Obstaculización sistemática de su labor representativa
  • Aislamiento físico o comunicativo
  • Críticas constantes y desproporcionadas
  • Denegación injustificada de permisos sindicales
  • Sobrecarga de trabajo para impedir su actividad sindical

La protección reforzada del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores

El ordenamiento jurídico español reconoce la vulnerabilidad especial de los representantes de los trabajadores, estableciendo un escudo legal específico. El artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores constituye la piedra angular de esta protección reforzada, otorgando garantías que van más allá de las que disfruta cualquier trabajador.

Garantías fundamentales del artículo 68 ET

Entre las protecciones más relevantes que el artículo 68 ET establece para los delegados sindicales encontramos:

  • Prioridad de permanencia en la empresa ante situaciones de movilidad geográfica o suspensiones contractuales
  • Expediente contradictorio en caso de sanciones por faltas graves o muy graves
  • Inmunidad frente a despidos o sanciones motivadas por el ejercicio de su representación
  • Libertad de expresión en materias concernientes a su esfera representativa
  • Crédito horario para el ejercicio de sus funciones representativas

Cómo identificar si sufres hostigamiento laboral como delegado sindical

La línea entre la tensión habitual en las relaciones laborales y el acoso sistemático a representantes sindicales puede ser difusa. En mi experiencia defendiendo a víctimas de este tipo de mobbing, he identificado algunas señales inequívocas:

  • Cambios injustificados en tus condiciones laborales tras asumir el cargo sindical
  • Denegación sistemática del crédito horario o cuestionamiento constante de su uso
  • Exclusión de reuniones o circuitos de información relevantes
  • Traslados o cambios de puesto sin justificación objetiva
  • Evaluaciones negativas injustificadas tras comenzar tu actividad sindical

La vulnerabilidad especial de los delegados sindicales frente al acoso

Paradójicamente, quienes están llamados a proteger los derechos laborales colectivos suelen encontrarse en una posición de especial vulnerabilidad. El hostigamiento a representantes de los trabajadores cumple una doble función para quien lo ejerce: neutralizar al delegado «problemático» y disuadir a otros trabajadores de implicarse en la actividad sindical.

El efecto intimidatorio en la plantilla

Cuando una empresa acosa a un delegado sindical, no solo busca silenciar a esa persona concreta, sino enviar un mensaje al conjunto de trabajadores: «esto es lo que ocurre a quien defiende derechos». Por eso, la protección reforzada del artículo 68 ET no solo salvaguarda al representante individual, sino la propia libertad sindical como derecho colectivo fundamental.

Mecanismos legales de protección ante el acoso a delegados sindicales

Frente al acoso laboral con vulneración de la protección reforzada del artículo 68 ET, existen diversos mecanismos de defensa:

Vías de actuación inmediata

  • Denuncia interna: Activación de protocolos de acoso si existen en la empresa
  • Denuncia ante Inspección de Trabajo: Especialmente efectiva en casos de obstaculización de la actividad sindical
  • Procedimiento de tutela de derechos fundamentales: Vía judicial preferente y sumaria
  • Apoyo del sindicato: Asesoramiento jurídico y respaldo institucional

Cuando un delegado sindical llega a mi despacho sufriendo acoso laboral, siempre le recomiendo documentar meticulosamente cada incidente, por insignificante que parezca. La acumulación de estos hechos aparentemente menores suele revelar un patrón sistemático de hostigamiento.

Jurisprudencia relevante sobre acoso a representantes sindicales

Los tribunales han ido consolidando una doctrina protectora hacia los delegados sindicales víctimas de acoso. Destaca la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) 3216/2018 de 19 de julio, que reconoce la nulidad de un despido por vulneración de la garantía de indemnidad de un representante sindical que había denunciado situaciones irregulares en la empresa.

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Igualmente relevante es la sentencia del TSJ de Cataluña 7865/2019 de 15 de noviembre, que considera como indicio suficiente de discriminación sindical la coincidencia temporal entre el inicio de la actividad representativa y el comienzo de las conductas de hostigamiento.

Preguntas frecuentes sobre el acoso a delegados sindicales

¿Cuánto tiempo dura la protección reforzada tras finalizar el mandato sindical?

La protección reforzada del artículo 68 ET se mantiene durante el ejercicio del cargo y se prolonga durante el año siguiente a la expiración del mandato, salvo que esta se produzca por revocación o dimisión. Esta «garantía post-representativa» busca evitar represalias diferidas en el tiempo.

¿Puede considerarse acoso laboral la sobrecarga de trabajo a un delegado sindical?

Sí, cuando esta sobrecarga es desproporcionada, injustificada y tiene como finalidad impedir el ejercicio efectivo de las funciones representativas. Los tribunales han reconocido que asignar tareas excesivas para «absorber» el crédito horario sindical constituye una forma de hostigamiento a representantes sindicales.

¿Qué indemnizaciones corresponden por acoso a un delegado sindical?

Además de las indemnizaciones habituales por daños morales derivados del acoso, cuando se vulnera la libertad sindical puede establecerse una indemnización adicional por la lesión de este derecho fundamental. La cuantía varía según la gravedad, pero existen casos donde se han reconocido indemnizaciones superiores a 50.000€ por acoso a delegados sindicales con vulneración de derechos fundamentales.

Conclusión: La importancia de defender a quienes nos defienden

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El acoso laboral a delegados sindicales no solo daña a la persona que lo sufre, sino que debilita los mecanismos de representación colectiva en el ámbito laboral. La protección reforzada del artículo 68 ET no es un privilegio, sino una garantía necesaria para el ejercicio efectivo de la libertad sindical.

Si eres delegado sindical y estás experimentando situaciones de hostigamiento, recuerda que no estás solo y que la ley te otorga herramientas específicas de protección. Actuar con rapidez, documentar cada incidente y buscar asesoramiento especializado son pasos fundamentales para defender no solo tu bienestar, sino también la importante labor representativa que desempeñas.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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