Las amenazas de despido sistemáticas en el entorno laboral no son simples advertencias aisladas. Cuando te enfrentas a un delito de coacciones graves en contexto laboral estás viviendo una de las formas más devastadoras de violencia psicológica en el trabajo. Durante mis años como abogado especializado en acoso laboral, he visto cómo estas situaciones destrozan no solo carreras profesionales, sino también la salud mental y física de quienes las padecen. No estás imaginando cosas ni exagerando: estas coacciones constituyen un delito real y tienen consecuencias jurídicas para quien las ejerce. Te explicaré cómo identificarlas, qué dice exactamente la ley y, lo más importante, cómo protegerte legalmente.
¿Qué constituye un delito de coacciones graves en el ámbito laboral?
El delito de coacciones graves en contexto laboral se produce cuando un superior o compañero ejerce violencia psicológica mediante intimidación para obligar a un trabajador a hacer algo que no desea o impedirle ejercer sus derechos legítimos. Las amenazas de despido sistemáticas son su manifestación más común, pero no la única.
El Código Penal español, en su artículo 172, tipifica las coacciones como delito contra la libertad, estableciendo penas más severas cuando se realizan con intimidación grave o reiterada. En mi experiencia defendiendo a víctimas de estas situaciones, he comprobado que muchos trabajadores normalizan este tipo de violencia psicológica, considerándola «parte del trabajo», cuando en realidad están sufriendo un ataque directo a sus derechos fundamentales.
Elementos que configuran las coacciones laborales graves
- Intimidación explícita o velada (amenazas de despido, degradación profesional)
- Reiteración y sistematización de las conductas
- Intención de doblegar la voluntad del trabajador
- Creación de un entorno laboral hostil
- Ausencia de causa objetiva que justifique tales comportamientos
Amenazas de despido sistemáticas como forma de coacción laboral grave
Las amenazas de despido sistemáticas constituyen una de las manifestaciones más evidentes del delito de coacciones en entorno laboral. A diferencia de una advertencia puntual por bajo rendimiento documentado, estas amenazas se caracterizan por su carácter recurrente, arbitrario y desproporcionado.
Como abogado que ha defendido a decenas de víctimas de acoso laboral, considero fundamental la recogida de pruebas: emails, mensajes o testimonios de compañeros que documenten estas amenazas. Recuerdo el caso de Elena, una contable con 15 años de experiencia, cuyo nuevo director financiero comenzó a amenazarla con el despido cada vez que solicitaba sus derechos laborales básicos, como vacaciones o permisos médicos. Lo que parecían «advertencias profesionales» era, en realidad, una estrategia deliberada para minar su resistencia y forzarla a renunciar.
Patrones habituales en las amenazas sistemáticas
- Reiteración de amenazas sin causa objetiva
- Vinculación de la permanencia en la empresa a condiciones abusivas
- Utilización del miedo al desempleo como herramienta de control
- Incremento gradual de la presión psicológica
- Combinación con otras formas de hostigamiento laboral
Marco legal y protección frente a las coacciones laborales graves
El ordenamiento jurídico español ofrece diversas vías de protección frente al delito de coacciones graves en contexto laboral. La defensa del trabajador puede articularse desde diferentes ámbitos:
Por un lado, el Estatuto de los Trabajadores (art. 4.2.e ET) reconoce expresamente el derecho «al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad», incluyendo protección frente al acoso. Por otro, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 14 LPRL) obliga al empresario a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo los riesgos psicosociales derivados de las coacciones y amenazas sistemáticas.
En el ámbito penal, el artículo 172 del Código Penal tipifica el delito de coacciones, mientras que el artículo 173 contempla el delito contra la integridad moral, aplicable en casos graves de acoso laboral. La jurisprudencia ha ido consolidando criterios que permiten identificar cuándo estas conductas alcanzan relevancia penal, como estableció el Tribunal Supremo en su sentencia 945/2010 de 28 de octubre.
Pasos para defenderse de las coacciones laborales y amenazas sistemáticas
Si estás sufriendo amenazas de despido sistemáticas u otras formas de coacciones graves en tu entorno laboral, es fundamental actuar de manera estratégica:
- Documenta todo: Registra fechas, horas, lugares y testigos de cada incidente. Guarda correos, mensajes o cualquier comunicación que evidencie las amenazas.
- Comunica internamente: Notifica formalmente la situación a Recursos Humanos o a los representantes de los trabajadores, preferiblemente por escrito.
- Acude a la Inspección de Trabajo: Presenta una denuncia detallando los hechos constitutivos de acoso.
- Busca atención médica: Si la situación está afectando tu salud, acude a tu médico. Los informes médicos serán pruebas valiosas.
- Consulta con un abogado especializado: Evalúa las acciones legales específicas para tu caso, tanto en vía laboral como posiblemente penal.
Cuando una persona llega al despacho sufriendo un delito de coacciones graves en contexto laboral con amenazas de despido sistemáticas, lo primero que hacemos es validar su experiencia y explicarle que no está sola. Muchas víctimas dudan de su percepción tras meses de manipulación psicológica en el trabajo.
Consecuencias legales para los responsables de coacciones laborales graves
Quienes ejercen coacciones graves en el entorno laboral mediante amenazas de despido sistemáticas se exponen a importantes consecuencias legales:
- Indemnizaciones por daños morales y psicológicos
- Reconocimiento de extinción del contrato por voluntad del trabajador con derecho a indemnización (art. 50 ET)
- Sanciones administrativas impuestas por la Inspección de Trabajo
- Responsabilidad penal por delitos de coacciones (art. 172 CP) o contra la integridad moral (art. 173 CP)
- Nulidad de las decisiones empresariales tomadas como represalia
La jurisprudencia reciente, como la sentencia del TSJ de Madrid 715/2021 de 12 de julio, ha reforzado la protección de las víctimas, reconociendo indemnizaciones adicionales por daños morales cuando se acredita un patrón sistemático de coacciones y amenazas en el entorno laboral.
Preguntas frecuentes sobre coacciones graves y amenazas de despido
¿Cuándo una amenaza de despido se convierte en delito de coacciones?
Una amenaza de despido se convierte en delito de coacciones cuando es sistemática, carece de fundamento objetivo, busca doblegar la voluntad del trabajador para que haga o deje de hacer algo contra su voluntad, y genera un entorno laboral hostil. No se trata de advertencias puntuales por incumplimientos reales, sino de una estrategia de presión psicológica continuada.
¿Qué pruebas necesito para denunciar coacciones laborales graves?
Las pruebas más efectivas incluyen: correos electrónicos o mensajes que contengan las amenazas, grabaciones de conversaciones (siempre que seas partícipe de ellas), testimonios de compañeros, informes médicos que acrediten daños psicológicos, registro detallado de incidentes (fechas, lugares, testigos), y comunicaciones formales a la empresa denunciando la situación.
¿Puedo solicitar una baja laboral si sufro coacciones y amenazas sistemáticas?
Sí, si las coacciones y amenazas sistemáticas están afectando tu salud mental o física, puedes acudir a tu médico de atención primaria, quien evaluará tu estado y podrá prescribir una baja por ansiedad, depresión u otros trastornos derivados del acoso laboral. Esta baja tendrá consideración de contingencia común, aunque en algunos casos se puede solicitar su reconocimiento como accidente de trabajo.
Si estás atrapado en la espiral de coacciones graves en tu entorno laboral y sufres amenazas de despido sistemáticas, recuerda que no es tu culpa y que la ley está de tu lado. El silencio solo fortalece al acosador. Documentar cada incidente, buscar apoyo profesional y actuar legalmente no solo te protegerá a ti, sino que puede evitar que otros compañeros sufran lo mismo en el futuro. Tu dignidad y tu salud mental son derechos innegociables que ningún entorno laboral puede vulnerar.


