¿El mobbing prescribe si no denuncio inmediatamente?

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El mobbing o acoso laboral es una experiencia devastadora que puede dejarte paralizado, confundido y sin saber cómo actuar. Si estás preguntándote si el mobbing prescribe si no denuncias inmediatamente, probablemente estés viviendo una situación insostenible en tu trabajo. Quiero que sepas que no estás solo: miles de trabajadores se enfrentan a esta duda cada año, temiendo que sea demasiado tarde para defender sus derechos. Te aseguro que entiendo tu preocupación y en este artículo te explicaré con claridad los plazos legales, las opciones que tienes y cómo actuar incluso si ha pasado tiempo desde que comenzó el acoso.

¿Qué plazos existen para denunciar el acoso laboral? ¿Prescribe el mobbing?

La respuesta corta es que sí, el acoso laboral prescribe, pero los plazos son más amplios de lo que muchos trabajadores creen. Como abogado especializado en casos de mobbing, he visto demasiadas personas que asumen erróneamente que han perdido su oportunidad de reclamar.

Los plazos de prescripción varían según la vía legal que se elija:

  • Vía laboral: Las acciones por vulneración de derechos fundamentales prescriben al año desde que se produce el acoso o desde que finaliza la relación laboral, según el art. 59 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Vía penal: Si el acoso constituye un delito contra la integridad moral (art. 173 del Código Penal), el plazo de prescripción es de 5 años.
  • Reclamación por daños y perjuicios: El plazo general es de 1 año desde que se conoce el daño, según el art. 1968 del Código Civil.

El cómputo del plazo en casos de acoso continuado

Aquí viene lo que nadie te cuenta: en situaciones de hostigamiento laboral continuado, el plazo no empieza a contar desde el primer incidente, sino desde el último acto de acoso. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el mobbing es una conducta continuada en el tiempo, por lo que mientras siga produciéndose, no comienza a correr el plazo de prescripción.

¿Qué ocurre si no denuncié el acoso laboral cuando comenzó?

Muchas víctimas de mobbing tardan en identificar lo que les está sucediendo. El acoso suele comenzar de forma sutil y va escalando gradualmente. Es normal que al principio dudes de tu percepción o intentes adaptarte a la situación esperando que mejore.

En mi experiencia como abogado especializado en acoso laboral, la mayoría de mis clientes han soportado situaciones de hostigamiento durante meses o incluso años antes de buscar ayuda legal. Esto es comprensible: el miedo a perder el empleo, la vergüenza, la falta de energía por el desgaste emocional o el desconocimiento de tus derechos pueden retrasarte.

La importancia de documentar el acoso aunque haya pasado tiempo

Aunque no hayas denunciado inmediatamente, es fundamental que comiences a recopilar pruebas:

  • Lleva un diario detallado de los incidentes (fechas, horas, personas presentes)
  • Guarda correos electrónicos, mensajes o comunicaciones que evidencien el trato hostil
  • Identifica posibles testigos que puedan corroborar tu versión
  • Conserva informes médicos si has sufrido problemas de salud derivados del acoso

¿Cuándo se considera que hay prescripción en casos de mobbing no denunciados?

El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 412/2020 de 9 de junio, ha establecido que en los casos de acoso laboral continuado, el plazo de prescripción comienza a contar desde que finaliza la conducta acosadora. Esto significa que:

  • Si sigues trabajando en la empresa y el acoso continúa, el plazo no ha comenzado a correr
  • Si has dejado la empresa o el acoso ha cesado, tienes un año (vía laboral) o cinco años (vía penal) desde ese momento
  • Si estás de baja médica por causa del acoso, el plazo no comienza mientras dure esta situación

Veamos por qué este detalle marca la diferencia: María, una administrativa, sufrió acoso durante tres años por parte de su superior. Cuando finalmente dejó la empresa por no soportar más la situación, pensó que era demasiado tarde para reclamar. Sin embargo, al consultar conmigo, descubrió que aún estaba dentro del plazo legal para denunciar, ya que solo habían pasado ocho meses desde su salida.

Opciones legales si ha pasado tiempo desde el inicio del acoso laboral

Si te preguntas si ha prescrito tu posibilidad de denunciar el mobbing porque ha pasado tiempo, estas son tus opciones:

Si sigues en la empresa y el acoso continúa

  • Presenta una denuncia interna siguiendo el protocolo de acoso de tu empresa
  • Acude a la Inspección de Trabajo para denunciar la situación
  • Inicia una demanda por vulneración de derechos fundamentales
  • Considera la vía penal si el acoso es grave

Si ya no trabajas en la empresa o el acoso ha cesado

Debes calcular cuidadosamente los plazos desde el último acto de acoso o desde la finalización de la relación laboral. Dependiendo del tiempo transcurrido, podrás optar por:

  • Demanda por daños y perjuicios (1 año)
  • Denuncia penal por delito contra la integridad moral (5 años)
  • Reclamación por contingencia profesional si has sufrido una enfermedad derivada del acoso

Preguntas frecuentes sobre la prescripción del mobbing

¿Puedo denunciar el mobbing si llevo años sufriéndolo sin haberlo reportado?

Sí, puedes denunciarlo siempre que la situación de acoso continúe o no haya transcurrido el plazo de prescripción desde el último acto de hostigamiento. El hecho de no haberlo denunciado antes no invalida tu reclamación, aunque es recomendable recopilar todas las pruebas posibles para demostrar la continuidad del acoso.

¿Qué pasa si denuncié internamente pero la empresa no hizo nada?

La denuncia interna no interrumpe los plazos legales de prescripción, pero constituye una prueba valiosa de que intentaste resolver la situación. Si la empresa no actuó adecuadamente, esto puede considerarse una negligencia que agrava su responsabilidad. Aún puedes acudir a la vía judicial o a la Inspección de Trabajo dentro de los plazos establecidos.

¿Cómo afecta una baja médica a los plazos de prescripción del mobbing?

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Si estás de baja por una enfermedad derivada del acoso laboral (ansiedad, depresión, etc.), los tribunales suelen considerar que el daño continúa produciéndose, por lo que el plazo de prescripción podría no comenzar a contar hasta tu alta médica o hasta la calificación definitiva de tu incapacidad, si la hubiera.

Conclusión: Actúa aunque haya pasado tiempo

Si estás sufriendo acoso laboral, no permitas que el miedo a que haya prescrito tu derecho a reclamar te paralice. Como has visto, los plazos son más flexibles de lo que muchos creen, especialmente en situaciones de hostigamiento continuado.

Recuerda que el mobbing no es un problema individual sino organizacional, y tienes derecho a trabajar en un entorno libre de hostilidad. No estás exagerando ni eres demasiado sensible: el acoso laboral es una violación de tus derechos fundamentales reconocida por la ley.

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Mi consejo como profesional que ha acompañado a cientos de víctimas es que busques asesoramiento legal especializado cuanto antes. Cada caso es único y un abogado experto en mobbing podrá evaluar tu situación particular, analizar si ha prescrito tu posibilidad de reclamar y diseñar la estrategia más adecuada para proteger tus derechos y recuperar tu bienestar.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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