El acoso laboral o mobbing en empresas privadas es una realidad devastadora que muchas personas enfrentan en silencio. Si estás leyendo esto, quizás te preguntes: ¿Puedo reclamar mobbing si trabajo en una empresa privada? La respuesta es sí, absolutamente. No estás solo en esta batalla invisible, y lo que estás experimentando no es «normal» ni debes «aguantarlo». Como abogado especializado en casos de acoso laboral, he visto cómo estas situaciones pueden destrozar no solo carreras profesionales, sino también la salud física y mental de quienes lo sufren. En este artículo, te explicaré todo lo que necesitas saber para identificar, documentar y reclamar legalmente ante situaciones de mobbing en el sector privado.
¿Qué es el mobbing y cómo identificarlo en una empresa privada?
El mobbing o acoso laboral se define como toda conducta abusiva, sistemática y repetida que atenta contra la dignidad e integridad del trabajador. En mi experiencia defendiendo a víctimas de acoso laboral, he observado que muchas personas normalizan comportamientos que son claramente constitutivos de mobbing.
Para identificar si estás sufriendo acoso laboral en tu empresa privada, presta atención a estos indicadores:
- Aislamiento deliberado de compañeros o superiores
- Asignación de tareas imposibles o degradantes
- Críticas constantes e injustificadas a tu trabajo
- Ridiculización pública o humillaciones
- Sobrecarga de trabajo con plazos imposibles
- Vaciado de funciones o asignación de tareas muy por debajo de tu cualificación
Recuerda que para considerarse mobbing, estas conductas deben ser sistemáticas y prolongadas en el tiempo, no incidentes aislados o conflictos puntuales.
¿Es posible denunciar el acoso laboral en empresas del sector privado?
Muchos trabajadores dudan si pueden reclamar por mobbing en una empresa privada, pensando erróneamente que solo los funcionarios públicos tienen esta protección. La realidad es que cualquier trabajador, independientemente del tipo de empresa para la que trabaje, está protegido por la legislación laboral frente al acoso.
El artículo 4.2.e) del Estatuto de los Trabajadores reconoce explícitamente el derecho «al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso». Este derecho es universal y aplica tanto al sector público como al privado.
Marco legal que te protege en empresas privadas
Como trabajador de una empresa privada, cuentas con un sólido marco normativo que te ampara:
- Constitución Española (art. 10, 14 y 15 CE): Protege la dignidad, igualdad y la integridad física y moral
- Estatuto de los Trabajadores (art. 4.2.d y 4.2.e ET): Garantiza el derecho a la integridad física y el respeto a la dignidad
- Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 14 LPRL): Obliga al empresario a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores
- Código Penal (art. 173.1 CP): Tipifica como delito el trato degradante que menoscabe gravemente la integridad moral
Pasos para reclamar mobbing en una empresa privada
Si estás sufriendo acoso laboral y te preguntas cómo reclamar por mobbing siendo empleado de una empresa privada, estos son los pasos que debes seguir:
1. Documenta todas las situaciones de acoso
Lleva un diario detallado con fechas, horas, lugares, personas presentes y descripción de los hechos. Guarda todos los correos electrónicos, mensajes o comunicaciones que puedan servir como prueba. Si es posible, identifica posibles testigos que puedan corroborar tu versión.
Como abogado especializado en mobbing, siempre recomiendo no esperar a que la situación empeore para comenzar a documentar. Las pruebas son el pilar fundamental de cualquier reclamación exitosa.
2. Comunica la situación internamente
Muchas empresas privadas cuentan con protocolos anti-acoso. Utilízalos. Presenta una queja formal por escrito a Recursos Humanos, al Comité de Empresa o a los representantes sindicales. Conserva copia de todas estas comunicaciones y las respuestas recibidas.
3. Busca ayuda médica y psicológica
El acoso laboral suele provocar problemas de salud como ansiedad, depresión, insomnio o estrés. Acude a tu médico y explícale la situación. Los informes médicos serán pruebas valiosas que demuestran el daño causado por el mobbing.
4. Denuncia ante la Inspección de Trabajo
Puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que investigará los hechos y, en su caso, levantará acta de infracción contra la empresa. Este paso es especialmente importante en empresas privadas, donde a veces los canales internos no funcionan adecuadamente.
5. Vía judicial
Si las medidas anteriores no resuelven la situación, puedes iniciar acciones judiciales. Las opciones incluyen:
- Demanda por vulneración de derechos fundamentales
- Solicitud de extinción indemnizada del contrato (art. 50 ET)
- Reclamación de daños y perjuicios
- Denuncia penal en casos graves
Pruebas necesarias para demostrar el acoso laboral en el sector privado
Una de las mayores dificultades al reclamar mobbing en una empresa privada es la carga probatoria. Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido la inversión de la carga de la prueba cuando existen indicios razonables de acoso (Sentencia del Tribunal Supremo 257/2019, de 26 de marzo).
Las pruebas más efectivas suelen ser:
- Comunicaciones escritas (emails, mensajes, notas)
- Testimonios de compañeros
- Grabaciones de conversaciones (con ciertas limitaciones legales)
- Informes médicos y psicológicos
- Diario detallado de incidentes
- Denuncias previas a Recursos Humanos o Inspección de Trabajo
Recuerdo el caso de Elena, una ejecutiva de marketing que documentó meticulosamente durante seis meses cada comentario degradante, cada reunión a la que no fue convocada y cada proyecto del que fue excluida injustificadamente. Esas anotaciones, junto con los correos que intercambió con su superior, fueron decisivas para que el tribunal reconociera el acoso sistemático al que fue sometida.
Indemnizaciones por mobbing en empresas privadas
Si te preguntas qué compensación puedes obtener al denunciar mobbing en una empresa privada, debes saber que existen varias vías de resarcimiento:
Indemnización por extinción del contrato
El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores permite solicitar la extinción del contrato con derecho a la indemnización correspondiente al despido improcedente (33 días por año trabajado) cuando el empresario incumple gravemente sus obligaciones, incluido el respeto a la dignidad del trabajador.
Indemnización por daños morales
Adicionalmente, puedes reclamar una indemnización por los daños morales sufridos. Estas indemnizaciones suelen calcularse en base a las sanciones previstas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, y pueden oscilar entre los 6.000 y 200.000 euros, dependiendo de la gravedad del acoso y sus consecuencias.
En mi experiencia como abogado, he visto cómo estas indemnizaciones pueden variar significativamente. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su Sentencia 715/2020 de 17 de julio, reconoció una indemnización de 25.000 euros por daños morales a una trabajadora que sufrió un proceso de aislamiento y vaciamiento de funciones durante más de un año.
Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por mobbing en empresas privadas
¿Hay un plazo para denunciar el acoso laboral en una empresa privada?
Sí, existen plazos de prescripción que debes tener en cuenta. Para la acción de extinción del contrato por la vía del artículo 50 ET, el plazo es de un año desde que se producen los hechos. Para la demanda por vulneración de derechos fundamentales, el plazo es de un año. En el caso de infracciones administrativas, la Inspección de Trabajo puede actuar en un plazo de 3 a 4 años, dependiendo de la gravedad de la infracción.
¿Puedo denunciar mobbing si ya no trabajo en la empresa?
Sí, puedes reclamar incluso después de haber dejado la empresa, siempre que no hayan prescrito las acciones. Sin embargo, debes tener en cuenta que ya no podrías solicitar la extinción indemnizada del contrato, pero sí reclamar por los daños sufridos durante tu relación laboral.
¿Es necesario tener bajas médicas para demostrar el mobbing?
No es imprescindible, pero los informes médicos que acrediten daños psicológicos o físicos derivados del acoso constituyen una prueba muy valiosa. Muchos tribunales consideran que estos informes refuerzan la credibilidad del relato de la víctima y demuestran el nexo causal entre el acoso y el daño sufrido.
Conclusión: Tu derecho a un entorno laboral digno
Si estás sufriendo acoso laboral en una empresa privada, tienes derecho a defenderte y a exigir respeto a tu dignidad. El mobbing no es un problema de personalidad o de «no saber adaptarse» —como a menudo se intenta hacer creer a las víctimas—, sino una vulneración grave de tus derechos fundamentales como trabajador.
La legislación española te protege, independientemente de que trabajes en el sector público o privado. No permitas que el miedo a perder tu empleo o las represalias te impidan actuar. Documenta, busca apoyo y, si es necesario, acude a profesionales especializados que puedan guiarte en este proceso.
Recuerda que no estás solo en esta batalla. Como abogado que ha acompañado a numerosas víctimas de mobbing, puedo asegurarte que hay salida y que es posible recuperar no solo tu dignidad laboral, sino también tu bienestar personal.


