Indemnización de 90 días por año en despido nulo tras denuncia de mobbing

Si has denunciado una situación de acoso laboral y posteriormente has sido despedido, probablemente te encuentres en uno de los momentos más difíciles de tu vida profesional. No estás solo. Como abogado especializado en casos de mobbing, he visto cómo muchas personas pasan por el mismo calvario: primero soportan humillaciones y hostigamiento, y cuando finalmente reúnen el valor para denunciar, son despedidos como represalia. La buena noticia es que la ley te protege. La indemnización de 90 días por año trabajado en casos de despido nulo tras denuncia de mobbing puede ser tu derecho, y hoy te explicaré todo lo que necesitas saber para defenderlo.

¿Qué es un despido nulo por represalia tras denunciar acoso laboral?

Cuando un trabajador denuncia una situación de mobbing y posteriormente es despedido, nos encontramos ante lo que podría constituir un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales. El ordenamiento jurídico español protege especialmente a quienes denuncian situaciones irregulares en el entorno laboral, considerando nula cualquier represalia contra ellos.

En mi experiencia defendiendo a víctimas de acoso, he comprobado que muchas empresas intentan disfrazar estos despidos como procedentes o disciplinarios, pero los tribunales suelen ver más allá de estas maniobras cuando existe una conexión temporal entre la denuncia y el despido.

Fundamento legal de la nulidad

La protección frente a represalias tiene su base en el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 24 de la Constitución Española, que garantiza la tutela judicial efectiva. Cuando un trabajador ejerce acciones legales para protegerse del acoso y es despedido por ello, se vulnera su derecho fundamental a la tutela judicial.

La indemnización especial de 90 días por año en casos de despido nulo por mobbing

Cuando un tribunal declara la nulidad de un despido tras denuncia de acoso laboral, las consecuencias son muy diferentes a las de un despido improcedente. El trabajador tiene derecho a:

  • Readmisión inmediata en su puesto de trabajo
  • Abono de salarios de tramitación desde la fecha del despido
  • Indemnización por daños morales que puede alcanzar los 90 días por año trabajado

Esta compensación especial por daños derivados del acoso laboral es adicional a la readmisión y busca reparar el daño psicológico sufrido. A diferencia de la indemnización por despido improcedente (33 días por año), esta compensación reconoce el sufrimiento específico causado por el mobbing y la represalia posterior.

Criterios para determinar la cuantía indemnizatoria

Los tribunales consideran varios factores para establecer el monto de la indemnización por daños morales:

  • Gravedad del acoso sufrido
  • Duración de la situación de hostigamiento
  • Consecuencias psicológicas documentadas
  • Antigüedad del trabajador en la empresa
  • Existencia de bajas médicas relacionadas

Pasos para reclamar la indemnización tras un despido nulo por denuncia de mobbing

Si has sido despedido después de denunciar una situación de acoso laboral, estos son los pasos que debes seguir para reclamar tu indemnización por despido nulo tras denuncia de acoso psicológico:

  1. Impugna el despido dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación
  2. Solicita expresamente la nulidad por vulneración de derechos fundamentales
  3. Aporta indicios de la conexión entre tu denuncia y el despido
  4. Documenta el daño psicológico con informes médicos y psicológicos
  5. Reclama específicamente la indemnización por daños morales

Recuerdo el caso de María, una administrativa que tras 12 años en la misma empresa, comenzó a sufrir un sistemático aislamiento y sobrecarga de trabajo cuando se negó a participar en ciertas irregularidades contables. Tras denunciar el acoso, fue despedida supuestamente por bajo rendimiento. El tribunal declaró nulo el despido y le concedió una indemnización de 90 días por año trabajado, lo que supuso más de 100.000 euros además de su readmisión.

Pruebas clave para conseguir la indemnización por despido nulo tras denuncia de mobbing

El éxito de tu reclamación dependerá en gran medida de las pruebas que puedas aportar. En estos casos, la carga de la prueba se invierte parcialmente: tú debes aportar indicios razonables, y será la empresa quien deba demostrar que el despido no fue una represalia.

Documentación recomendada

  • Correos electrónicos, mensajes o comunicaciones que evidencien el acoso
  • Denuncias previas (internas, Inspección de Trabajo, etc.)
  • Testimonios de compañeros
  • Informes médicos que acrediten daños psicológicos
  • Bajas laborales relacionadas con ansiedad o depresión
  • Grabaciones de conversaciones (si son legales)

Como abogado especializado en acoso laboral, siempre recomiendo a mis clientes documentar cada incidente desde el primer momento, aunque parezca insignificante. Esos pequeños detalles pueden construir un caso sólido cuando se presentan en conjunto.

Jurisprudencia favorable sobre indemnizaciones especiales en casos de mobbing

Los tribunales españoles han consolidado una línea jurisprudencial que reconoce el derecho a indemnizaciones especiales por daños morales en casos de acoso laboral. Destaca la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) de 23 de junio de 2020 (Rec. 239/2018), que establece criterios para cuantificar estas indemnizaciones, permitiendo alcanzar los 90 días por año trabajado en casos graves.

Igualmente relevante es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de febrero de 2021 (Rec. 1325/2020), que reconoció una indemnización de 85 días por año a una trabajadora despedida tras denunciar acoso, valorando especialmente el daño psicológico acreditado mediante informes médicos.

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Preguntas frecuentes sobre indemnización por despido nulo tras denuncia de mobbing

¿Es compatible la indemnización especial con otras compensaciones?

Sí, la indemnización por daños morales derivados del acoso laboral es perfectamente compatible con otras compensaciones como los salarios de tramitación o las prestaciones por incapacidad temporal. Cada concepto indemniza un daño diferente, por lo que pueden acumularse.

¿Qué plazo tengo para reclamar la indemnización por despido nulo tras denuncia de acoso?

El plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles desde su notificación. Es fundamental no dejar pasar este plazo, ya que es de caducidad y no se interrumpe. Dentro de esta misma demanda debes solicitar la nulidad y la indemnización correspondiente por daños morales.

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¿Puedo rechazar la readmisión y optar solo por la indemnización?

En casos de despido nulo, la readmisión es obligatoria y no puede sustituirse por una indemnización a elección del empresario. Sin embargo, en la práctica, muchas veces se alcanza un acuerdo que incluye una indemnización superior a cambio de no reincorporarse a un ambiente laboral que podría seguir siendo hostil.

Conclusión: Defiende tus derechos frente al acoso laboral

La indemnización de 90 días por año en casos de despido nulo tras denuncia de mobbing representa un importante mecanismo de protección para las víctimas de acoso laboral. No solo compensa el daño sufrido, sino que envía un mensaje claro a las empresas sobre las graves consecuencias de tolerar o promover entornos laborales tóxicos.

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Si estás atravesando una situación similar, recuerda que no estás solo y que la ley está de tu lado. El camino puede ser difícil, pero vale la pena luchar por tu dignidad y tus derechos. He visto a muchas personas recuperar no solo su compensación económica, sino también su autoestima y bienestar tras ganar estos procesos. Busca asesoramiento legal especializado cuanto antes para proteger tus derechos y maximizar tus posibilidades de éxito.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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